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¿Por qué hacerse soci@ de nuestra asociación?

  1. Ayudas a una entidad sin ánimo de lucro.
  2. Obtienes beneficios fiscales: somos una organización declarada de utilidad Pública por lo que tu aportación.
  3. Porque tu esfuerzo, merece nuestro apoyo, desde ADISOB   queremos ofrecer un apoyo integral a las personas con discapacidad sobrevenida.
  4. Nuestro principal objetivo eres TU, formando parte de Adisob TE estás ayudando a conseguirlo.
  5. Pase lo que pase, cueste lo que cueste, siempre para adelante, insistir, persistir, resistir y nunca desistir.
  6. Queremos la reorientación vital y profesional de las personas a las que le ha sobrevenido una discapacidad.
  7. Pueden ser soci@s de Adisob, todas las personas que padezcan o se interesen por nuestras patologías, por un crecimiento integrador.
  8. Porque junt@s somos más fuertes, cuantos más seamos, más lejos podemos llegar y podremos realizar propuestas de mejora para prestación de apoyos según las necesidades detectadas.
  9. Construir, hacer realidad y difundir nuestra misión de las personas con discapacidad sobrevenida y de sus familias.

 Nos permiten una mayor independencia y estabilidad económica de los recortes sociales.

Seleccione la cantidad con la que desea colaborar o indique una cantidad personalizada.

¿Cómo desea realizar sus aportaciones?

Puede realizar su aportación periódicamente mediante transferencia bancaria recurrente al siguiente número de cuenta: ES76 0182 3199 4102 0159 4625 Recuerde que deberá indica el número de socio que le asignaremos en el concepto de su transferencia.

Ser solidario desgrava más

 

 Personas físicas

Desde mayo de 2020 todos los donativos puntuales o aportaciones hechas a entidades como la nuestra desgravan más en la declaración de la renta. Ahora podrás deducirte un 80% del importe de tus cuotas y/o donativos íntegros por aportaciones de hasta 150€ al año. A partir de esta cantidad, la deducción del importe restante será del 35 o 40% en función del tiempo que lleves colaborando con la misma entidad

 

 

 

 

Personas juridicas (Empresas)

Como empresa podrás deducir el impuesto de sociedades del 35% de la aportación que hayas hecho a la fundación durante el año.

En caso de que tu contribución como empresa haya sido constante en los dos últimos años fiscales, podrás deducir del Impuesto de Sociedades el 40% de la aportación que hayas hecho a la fundación durante el año.




Dónde localizarnos

Contacto

C/Carmen Frías Sáez, 41950 Castilleja de la Cuesta (Sevilla)

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